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| PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES PARA EMPLEOS DE DOCENTES |
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| Escrito por gestor |
| Miércoles, 03 de Marzo de 2010 20:21 |
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Desde el pasado 26 de febrero la CNSC publicó las listas de elegibles por cada uno de los empleos de docentes y directivos docentes de las entidades territoriales certificadas en educación participantes en el concurso. En el caso de Duitama los integrantes de las listas de elegibles respecto al número de vacantes a ser provistos serán citados a audiencia pública para escogencia de establecimiento educativo, por lo cual se informa que la fecha, hora y lugar que se dispongan para ello serán divulgados a través de la página Web de la Comisión Nacional y por este medio.
Tal como se señaló en la Resolución No. 207 del 23 de febrero de 2010, se publicará la oferta pública de empleos docentes con su respectiva ubicación con cinco (5) dÃas de anticipación a la realización de las audiencias, citando hasta un 10% más de la lista de elegibles respecto al número de vacantes, a razón de que alguno de los elegidos manifieste expresamente su voluntad de no aceptar ninguna de las vacantes ofertadas, o no acepte el nombramiento o no tome posesión del cargo. El aspirante que no pueda asistir a la audiencia pública, podrá autorizar a otra persona mediante poder debidamente otorgado ante Notario Público, para que lo represente, firme el acta de escogencia y se notifique del acto administrativo de nombramiento. Para el desarrollo de la audiencia pública, sea presencial o virtual, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) Las personas citadas deberán presentarse 30 minutos antes de la hora señalada, y se identificarán debidamente para el ingreso a la misma. b) No se permitirá el ingreso ni participación del elegible en la audiencia cuando se presente en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas. c) Quienes lleguen después de la hora citada y no haya pasado el turno para la escogencia de institución educativa, podrán ingresar a la audiencia y escoger cuando le corresponda su turno. d) La escogencia de empleo se hará siguiendo en estricto orden descendente la ubicación de los elegibles, de acuerdo con el nivel, ciclo, área de conocimiento o cargo directivo para el cual concursó. e) Los aspirantes que lleguen después de que haya pasado su correspondiente turno, podrán ingresar al lugar de realización de la audiencia; su nombre será incluido al final de la lista prevista para la respectiva jornaday serán llamados al final de la jornada para seleccionar la institución educativa oficial dentro de las opciones disponibles en ese momento y antes de la asignación de plaza a los ausentes o a quienes sin renunciar hayan decidido no escoger. f) Al elegible que no se presente a la audiencia se le asignará una de las vacantes en uno de las instituciones educativas oficiales que registre la necesidad del servicio, una vez los demás miembros de la lista hayan realizado su escogencia. En este caso se acudirá al orden de ubicación en la lista y al orden alfabético de las instituciones educativas disponibles. g) Cuando un aspirante que se encuentre en la lista de elegibles decida no escoger institución educativa, perderá la oportunidad de hacerlo y en consecuencia se le asignará una de las vacantes una vez los demás miembros de la lista hayan realizado su escogencia. En este, caso se acudirá al orden de ubicación en la lista y al orden alfabético de las instituciones educativas disponibles que registre la necesidad del servicio. h) El aspirante que se encuentre incluido en la lista de elegibles, sólo podrá escoger en el nivel, ciclo, área de conocimiento o cargo directivo para el que concursó. i) Una vez suscrita el acta de escogencia de institución educativa no procederán cambios, ni desistimientos. j) Cerrada la escogencia de institución educativa, por una sola vez, los elegibles podrán realizar canjes o permutas, siempre y cuando se realicen al final de la audiencia, de lo cual se dejará la respectiva constancia en el acta. Una vez provistos los empleos objeto de convocatoria, los demás aspirantes continuarán en lista de elegibles, la cual tiene vigencia de dos (2) años.
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| Actualizado ( Miércoles, 03 de Marzo de 2010 20:29 ) |

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